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El contrato de seguro es un instrumento
que permite que el asegurador se obligue, a traves del cobro de
una prima, a hacer un resarcimiento de un daño o a abonar una
cantidad de dinero una vez que se haya comprobado la
materialización de la eventualidad consignada en el contrato. El
contrato de seguro tiene por objeto todo un conjunto de riesgos
que en caso de que sucedan generarán la consecuente obligación de
la aseguradora de resarcir al asegurado o a la persona designada
por ésta. De esta manera, el tomador o contratante del seguro, por
su parte, se obliga a realizar el pago de esa prima, a cambio de
la cobertura que protege al asegurador, la cual le evita hacer
frente a un perjuicio económico mucho mayor, en caso de que el
evento siniestro llegue a producirse.
Entre las características de los contratos de seguros encontramos
que:
- Son bilaterales. Dan lugar a derechos y obligaciones para cada
una de las partes contratantes, es decir que el tomador de seguros
se obliga a efectuar el pago de la prima y el asegurador se obliga
igualmente a la prestación dineraria que le corresponde según los términos del contrato de seguros. Esta prestación esta
condicionada al evento incierto, que es la materialización del
daño o siniestro.
- Son aleatorios. Ambas partes (aseguradoras y asegurados) se sujetan
a la contingencia de utilidad o pérdida de uno u otro. Esta
contingencia se manifiesta en la posibilidad de que se configure
el siniestro en el plano de la realidad.
- Son de libre adhesión. Este contrato de seguros tiene cláusulas
impuestas por el asegurador, ante las cuales el asegurado puede
aceptar o no.
- Son solemnes. Considerando que el perfeccionamiento se da cuando
el asegurador suscribe la póliza y el asegurado otorga su firma,
según las condiciones contractuales establecidas.
- Son onerosos. Aquí el tomador del seguro paga la prima y el
asegurador cumple con la prestación de resarcimiento ante la
realización del siniestro .
- Son de ejecución continuada. Ambas partes del contrato cumplen
obligaciones y tienen derechos de manera continuada durante la
vida del contrato de seguros.
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